El Movimiento Acción Católica Obrera (ACO) es una Asociación Pública, con personalidad jurídica pública, constituida en las diócesis de Barcelona, Girona, Lleida, Sant Feliu, Terrassa y Vic, al amparo del Código de Derecho Canónico. Puedes consultar los estatutos en el enlace.
La ACO está inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia con el n. 016366. El CIF de la entidad es R5800644F, el domicilio social está en C/ Tapioles 10, 2º 08004 Barcelona.
En ACO intentamos que la cuestión económica tenga la importancia que se merece, ya que de ello depende el llevar a cabo los objetivos que cada año nos planteamos como movimiento. Toda entidad colectiva está necesitada de unos recursos económicos mínimos; estos recursos en ACO provienen principalmente de las cotizaciones de sus militantes.
La Comisión de Economía y especialmente su responsable tienen como principal función velar por la buena gestión de la economía y elaborar propuestas encaminadas a la mejora de la autofinanciación y la obtención de recursos, revisar los libros de contabilidad, etc., y también velar por los objetivos económicos de ACO, que son:
Cada año la comisión de economía elabora un presupuesto que se intenta adecuar al cumplimiento de los objetivos marcados en el último Consejo. Este presupuesto, así como la aprobación de las cuentas del año anterior, ha de ser ratificado por el Comité General.
Las cotizaciones de los militantes son individuales, para que puedan sentir el movimiento como algo propio y, como hemos dicho anteriormente, son la fuente fundamental de nuestros recursos. Se intenta que las cotizaciones sean solidarias, es decir, que las aportaciones se hagan según el volumen de ingresos de los militantes, recomendando que la cotización al movimiento sea el fruto de una revisión de vida sobre su economía, que tenga en cuenta los criterios de cotización del punto número 5 de la Carta Económica.
A lo largo de la historia de ACO, se ha establecido el criterio que tiene su valor para todas aquellas personas que disponen de un puesto de trabajo: el total de su cotización anual equivale a una hora de trabajo multiplicada por catorce.
Otro criterio es la cuota orientativa, que resulta de dividir el presupuesto anual por el número de militantes que cotizan.
En este enlace puedes encontrar una reflexión que se hizo en febrero de 2019 respecto al sentido de cada uno de los gastos e información adicional sobre la normativa fiscal favorable de las donaciones a entidades sin ánimo de lucro como ACO.
Aquí se enlaza la comunicación anual a la militancia con la rendición de cuentas:
Igual que en las primeras comunidades sus miembros ponían los bienes al servicio de los demás, en ACO queremos que la economía sea vista de la misma manera: Ninguno de ellos consideraba como propios los bienes que poseía, sino que todo estaba al servicio de todos (Hch 4, 32-35).
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